Noticia

Lineamientos y consideraciones generales de la Política de Estado para la Gratuidad en la Matrícula – PEGM

Publicado el día miércoles, 02 de febrero del 2022 / No. 002

Con la publicación del decreto 1667 del 07 de diciembre de 2021, el Ministerio de Educación Nacional definió los parámetros para la implementación de la Política de Estado Para la Gratuidad en la MatrículaPEGM correspondiente al año 2022, cuyo objetivo se concentra en mejorar el acceso a la educación superior en las IES públicas, en el nivel de pregrado, de los jóvenes pertenecientes a las familias socioeconómicamente más vulnerables del país.

La Universidad Francisco de Paula Santander, a través de la Vicerrectoría Académica, da a conocer a su comunidad estudiantil los lineamientos y consideraciones generales establecidas en esta política:

  • Partes vinculadas. La implementación de esta política, a partir del primer semestre de 2022, vincula a los estudiantes de pregrado socioeconómicamente más vulnerables, a las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas y al Ministerio de Educación Nacional.
  • Programas académicos. La Política de Gratuidad en la Matrícula durante el año 2022 financiará a los estudiantes en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica matriculados en programas activos de nivel de formación técnica profesional, tecnológica y universitaria.
  • ¿Cuánto dura el beneficio según la PEMG? Para los programas de pregrado diseñados por semestres, la Política de Gratuidad en la Matrícula cubrirá un máximo de dos periodos en el 2022. No se incluyen los denominados periodos intersemestrales o periodos con una duración más corta que los regulares.
  • ¿Qué cubre esta Política? La PEGM cubre el 100 % del concepto de matrícula, teniendo en cuenta previamente las deducciones por descuentos, exoneraciones o apoyos económicos a que tiene derecho el estudiante, dispuestos por la misma Universidad o por otras instituciones.

 

  • Beneficiarios. Los estudiantes potenciales beneficiarios del PEGM serán identificados de la siguiente manera:
  1. Para el año 2022, serán los estudiantes de las IES públicas pertenecientes a las familias de los estratos 1, 2 y 3 más vulnerables socioeconómicamente, de acuerdo con los reglamentos fijados por el Ministerio de Educación Nacional, además de los criterios técnicos de vulnerabilidad socioeconómica.
  2. A partir del año 2023, de acuerdo con la clasificación del SISBEN IV según el grupo y subgrupo que para tal efecto establezca el Ministerio de Educación Nacional en los reglamentos operativos diseñados para este fin o la herramienta de focalización que haga sus veces.

 

  • Requisitos de acceso. Para ser beneficiario de la Política de Gratuidad de la Matrícula se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Ser colombiano.

2. Estar matriculado en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), con registro calificado vigente, impartido bajo cualquier modalidad (presencial, a distancia, virtual, dual u otros desarrollos que combinen e integren las anteriores modalidades).

3. Encontrarse registrado por la Institución de Educación Superior pública en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior - SNIES.

4. Evidenciar que la vivienda del núcleo familiar del estudiante pertenezca a las familias de estratos 1, 2 o 3.

5. No tener título profesional universitario ni de postgrado de cualquier institución de educación superior.

6. Para estudiantes nuevos, encontrarse en el grupo de edad entre 14 y 28 años, en las condiciones de vulnerabilidad establecidas en la política.

 

  • ¿Cómo se pierde el beneficio? Perderá la condición de beneficiario de la PEMG, quien incurra en cualquiera de las causales descritas a continuación:

1. Por haber accedido a la estrategia con información o documentación falsa o no veraz. Esta pérdida del beneficio se aplicará sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria, fiscal, penal u otras, a que hubiera lugar.

2. Cuando un estudiante, conforme a las decisiones que autónomamente tomen las IES públicas, pierda la condición de estudiante por motivos académicos, disciplinarios u otros que tenga estipulada la Institución.

3. Expresa voluntad, la cual debe ser comunicada a la Oficina de Admisiones y Registro Académico de la UFPS.

4. La política prevé que un estudiante podrá suspender durante un máximo de dos periodos sus estudios, sin que pierda los beneficios de la misma. Estos periodos pueden ser consecutivos o no. Al no matricularse durante un tercer periodo, se perderán los beneficios de la Política de Gratuidad de manera permanente.

5. No reportar a la Universidad la condición de estar matriculado en doble programa en diferentes instituciones públicas de educación superior.

6. En caso de no aportar la información del estrato socioeconómico.

7. En caso de superar el número de renovaciones de matrícula correspondiente al número de periodos de duración del programa académico de educación superior.

8. Perder la condición de vulnerabilidad socioeconómica definida en la Ley y los reglamentos operativos y específicos.

 

  • ¿Qué NO cubre esta estrategia?

1. Continuidades académicas.

2. Cursos intersemestrales.

3. Matrículas de Postgrado.

4. Derechos complementarios.

5. Derechos médicos.

6. Seguros estudiantiles.

7. Otros derechos pecuniarios como: inscripciones, habilitaciones, validaciones, supletorios, certificados de notas y/o constancias de estudio, derechos de grado, expedición de diplomas o actas de grado, elaboración de carnés, cancelaciones de semestre, reingresos, transferencias tanto internas como externas, registro y autenticidad de título, porte por correspondencia y, en general, cualquier derecho pecuniario que no corresponda al concepto matrícula.

 

Descargue aquí: Política de Estado para la Gratuidad en la MatrículaPEGM

Centro de Comunicaciones y Medios Audiovisuales - CECOM
Universidad Francisco de Paula Santander
oficinadeprensa@ufps.edu.co